Custodia compartida, ¿también en perros?

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En los procesos de nulidad, separación o divorcio, los abogados especializados en custodia compartida deben tener en cuenta un nuevo escenario: el juez puede decidir sobre la custodia del animal como si de un hijo se tratase. 

Adiós a la “cosificación” del animal

A principios de octubre de 2021, el Congreso dio luz verde a la Proposición de Ley de modificación del Código Civil, de la Ley Hipotecaria y de la Ley de Enjuiciamiento Civil sobre el régimen jurídico de los animales, a fin de que las mascotas dejen de considerarse bienes. Se trata en definitiva, de una reforma pionera en España que pretende “descosificar” a los animales.  

El vínculo afectivo con las mascotas: una nueva hoja de ruta 

La nueva redacción descansa en el pilar del vínculo afectivo con el animal y no en la titularidad. Y es que, en el escenario previo a esta reforma, a las mascotas se les aplica el régimen legal de propiedad, un estatus jurídico más bien arcaico que numerosos países europeos ya han dejado atrás, como Austria, Alemania o Suiza. 

Por tanto, siguiendo la estela europea, con esta reforma se provee a las instituciones de mecanismos legales para proteger las vidas de los animales. Además, las mascotas serán incluidas en los casos de violencia vicaria, siempre que sean maltratadas para hacer daño a la pareja. 

Una sentencia sin precedentes 

El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Madrid ha dictado una sentencia pionera en una demanda de separación, que armoniza con la senda marcada por la inminente reforma del Código Civil. Pero, ¿qué tiene de especial esta resolución? 

Pues bien, resulta que el objeto de controversia no es un niño, sino un perro.  En este sentido, la sentencia establece que la pareja deberá repartirse la custodia de la mascota, que vivirá un mes con cada uno. 

Aunque el animal es “propiedad” del demandado, la demandante ha generado un vínculo afectivo con la mascota. Por tanto, el juez ha determinado que “la mera titularidad formal del animal, sea como dueño o adoptante, no puede prevalecer sobre el afecto del solicitante”. Y lo ha hecho acogiéndose al Convenio Europeo de Animales de Compañía de 1987. 

Desde P&L Advocats, nuestros abogados especializados en custodia compartida son conscientes de lo difícil que resulta gestionar un proceso de nulidad, separación o divorcio. Por ello, ponemos nuestros servicios a tu disposición para conseguir los mejores acuerdos. ¡Llámanos!